Anticorrupcion

EDGAR CARPIO MARCOS. VICEMINISTRO DE JUSTICIA
“Vamos a separar a los primeros cien servidores por corrupción”
Entrevista. Desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) se han desplegado esfuerzos para mejorar la calidad de la justicia. El logro más importante de los últimos 12 meses es la suscripción del Acuerdo Nacional por la Justicia, dijo la autoridad.

  
20/7/2017

María Avalos Cisneros
mavalos@editoraperu.com.pe

Una de las prioridades y preocupaciones expresadas en la actual gestión ha sido la lucha contra la corrupción, ¿qué avances existen al respecto?

–Según la Contraloría General de la República, entre inicios del 2009 y marzo del 2016, se detectaron 198,340 sanciones penales, civiles o administrativas. En el mismo intervalo, se identificó un total de 1,812 procesos judiciales a 9,937 funcionarios, con costos que superaban los 1,500 millones de soles. Por ello, desde el Ejecutivo, se impulsaron cambios profundos en las estructuras del servicio público para promover la integridad, castigar al funcionario y servidor deshonesto, proteger los derechos e intereses del ciudadano y prevenir escenarios de corrupción. 

–¿Cuál fue el aporte del Minjus en estas acciones?

–Precisamente, al Minjus se le encargó, en los hechos, liderar la implementación de reformas legales orientadas a maximizar la eficiencia de esta lucha. Así, se fomentó la elevación de los estándares de contratación pública, impidiendo que personas condenadas por delitos contra la administración pública accedan a cargos públicos. Además, se modificaron el Código Penal y el nuevo Código Procesal Penal (NCPP) para hacer más eficiente la investigación, el procesamiento y la sanción del crimen organizado. Estas medidas fueron incentivadas desde tres ejes: prevención, procesamiento y sanción.

–¿En qué consistieron estos ejes de prevención, procesamiento y sanción?

–En el primero, se implementó una serie de instituciones y procedimientos orientados a promover la transparencia y eliminar la cultura del secretismo; se elevaron, como ya lo afirmé, los estándares para el acceso a la administración pública, entre otros. Mientras que, en materia de procesamiento y sanción, se adoptaron medidas para hacer más eficientes la investigación contra las personas que defraudaron la confianza del servicio público. Se creó, además, la autoridad técnica y el tribunal a fin de supervisar el cumplimiento de la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública.

–Con la aplicación de los nuevos estándares de contratación en el Estado, se anunció separar a los funcionarios condenados por delitos contra la administración pública. ¿Cómo avanzan en este sentido? 

Actualmente, con el objeto de que Servir y las entidades públicas lo implementen, venimos cruzando información entre el Poder Judicial, Ministerio Público y el Ministerio de Economía, a fin de que en los próximos días se separe a los primeros 100 servidores públicos por actos de corrupción.

–Dentro de los mecanismos de investigación y sanción de la corrupción, ¿qué reformas legales se dieron? 

–Tenemos diversas modificaciones al NCPP para hacer más eficaz la persecución y sanción de los delitos contra la administración pública y contra la criminalidad organizada, por ejemplo, autorizando el empleo de técnicas especiales de investigación. También se inhabilitó a los servidores condenados por casos graves de corrupción para que no puedan volver a trabajar en el Estado, aplicándoseles la sanción penal de inhabilitación perpetua; se dieron normas orientadas a transparentar las relaciones de parentesco familiar, para hacer más eficientes las investigaciones que llevan a cabo en esta lucha los jueces, fiscales, comisiones investigadoras del Congreso, la Unidad de Inteligencia Financiera y el Tribunal de Servir. 

–La participación ciudadana en estos casos es muy valiosa, ¿ya está listo el anunciado sistema de protección de denuncias?

–Así es, la ciudadanía tendrá mayores oportunidades de denunciar este tipo de delitos, con la debida protección. 

–¿De qué forma?

–Se asegurará la reserva absoluta de la identidad del denunciante por todas las entidades del Estado y, cuando la denuncia corresponda a un servidor público, se le darán medidas de protección laboral, como el traslado temporal del denunciante o la renovación de la relación contractual. También se incorporaron mejoras al proceso especial de colaboración eficaz, a fin de fortalecer su autonomía y regular algunos supuestos que no estaban previstos. Todo ello con miras a uniformar criterios de aplicación, extender el uso y los efectos de los acuerdos. 

–¿Qué se viene para este segundo año de gestión?

–Aún quedan muchos espacios por cubrir. Pero, para este segundo año tenemos el reto de identificarlos y, al mismo tiempo, implementar de modo eficiente todas las medidas dictadas en materia anticorrupción. Por ejemplo, se centrarán los esfuerzos en la instalación de la Autoridad de Transparencia y Acceso a la Información Pública; estamos terminando una directiva que oriente la implementación de los incentivos de denuncias de actos de corrupción y las medidas de protección al denunciante; se supervisará que ninguna institución pública contrate a personas condenadas por corrupción y se fortalecerán los registros creados para estos fines. 

–En política penitenciaria, ¿qué avances concretos se dieron para imponer el orden en las cárceles? 

–Lo más importante es que se recuperó el principio de autoridad en los penales. El Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), de este modo, realizó 2,150 operativos de intervención o requisas; trasladó a 977 internos que vulneraban la seguridad en los penales e incorporó a 495 agentes. En este último año, también, se han implementado sistemas integrales de seguridad electrónica en seis penales y, después de 30 años, se retomó la administración del penal de Lurigancho. De igual modo, se fomentó el programa de cárceles productivas, con el apoyo del sector privado como Adex. Por cierto, en estas actividades participan exinternos, a fin de impedir que la falta de oportunidades y estigmas que se generan a su alrededor no lo lleve a reincidir en el delito. 

–Es probable que hoy se inicie la colocación de los primeros grilletes electrónicos, ¿cuál será su avance?

–Es cierto y, luego, en un mes, se hará lo propio con 35 internos más. En esta primera fase, los grilletes electrónicos se colocarán a internos condenados o procesados con residencia domiciliaria en Jesús María, Lince, Miraflores y Cercado de Lima. Así, se ha decidido también que este plan piloto sea desarrollado en los ámbitos geográficos que tienen mejor cobertura georreferencial, para que el Inpe haga un seguimiento y monitoreo eficientes. En los próximos meses, este mecanismo se ampliará a diversas regiones del país.

–Y los bloqueadores…

A fines de este mes tendremos tres centros penales: del Callao, Huaral y Chincha, bloqueados al 100%. A diciembre serán 16 más, y al culminar el 2018, deberán estar totalmente bloqueados 33 penales más, como parte de las medidas del gobierno para garantizar la seguridad ciudadana. 

El Acuerdo Nacional por la Justicia

La suscripción del Acuerdo Nacional por la Justicia es tal vez el logro más importante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en estos primeros 12 meses de gestión, vista en perspectiva a futuro, estimó el viceministro del sector Edgar Carpio Marcos. “Este es un espacio en que junto a los demás órganos que forman parte del sistema de administración de justicia, como son el Poder Judicial, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, a los que se suman la Academia de la Magistratura, se coordinan acciones de diversa naturaleza, a fin de hacer más eficiente y eficaz la prestación del servicio público de la justicia”, anotó. A la fecha, agregó, se encuentran concentrados en materializar reformas institucionales, que comprenden propuestas de reformas constitucionales y legales, así como políticas públicas que permitan acercar la justicia al ciudadano. Precisamente, estas se refieren a identificar los procesos con mayor retraso de atención, acciones para disminuir la carga procesal, el afianzamiento de la formación y la capacitación de los operadores jurídicos en el ámbito nacional, las medidas legislativas para contribuir a la mejora de los procesos judiciales y a la creación del Mapa de la Justicia, destinado a proporcionar información relevante para un mejor servicio de justicia. “El Acuerdo Nacional por la Justicia es un espacio en que este trabajo se está efectuando, con la coincidencia de voluntades, con un único compromiso como norte, que es el de avanzar hacia la justicia que todos y todas queremos”, resaltó la autoridad. 


Se aprueba imprescriptibilidad de los delitos de corrupción
Ya era hora. El Congreso de la República decidió, por unanimidad, la modificación del artículo 41 de la Constitución, que tendrá que ser refrendada en una segunda votación en la siguiente legislatura. La medida no es retroactiva.

     
02 Mar 2017 | 06:16 h
La ley de imprescriptibilidad de los delitos de corrupción fue aprobada con 111 votos. No obstante, se espera una segunda votación en la próxima legislatura.

Redacción:
Carlos Aguilar

En el 2001, por primera vez, se intentó aprobar la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción. Se presentaron doce proyectos, todos se quedaron el camino. Dieciséis años más tarde, por unanimidad, el pleno del Congreso ha empezado a corregir ese error.

Con la norma aprobada ayer por 111 votos a favor y ninguno en contra, se duplicará el plazo de prescripción de los ilícitos cometidos contra la administración pública o el patrimonio del Estado, tanto para los funcionarios o servidores públicos como para los particulares.


Asimismo, en el texto aprobado se plantea que habrá imprescriptibilidad en los delitos considerados "más graves o recurrentes".


Este proyecto, que juntó varias iniciativas legislativas de las bancadas del Frente Amplio, Peruanos por el Kambio y Acción Popular, plantea modificar el artículo 41 de la Constitución del Perú.

En tanto, el presidente de la Comisión de Constitución, Miguel Torres, explicó a La República que se deberá precisar (a través de un proyecto de ley) la calificación de los tipos de delitos que no prescribirán.

Además, dijo que será necesaria una modificación del Código Penal.

Torres, de Fuerza Popular, opinó que los delitos de colusión, peculado, asociación ilícita para delinquir y cohecho pasivo podrían convertirse en imprescriptibles.

Se debe precisar que esta norma, por modificar la Constitución, requiere de una segunda votación en la próxima legislatura, la cual se inicia en julio.

Además, la imprescriptibilidad solo alcanzará a los delitos cometidos después de la aprobación de esta norma. Es decir, no es retroactiva.

Se debe resaltar que Ecuador, Bolivia, Venezuela y Colombia ya han aprobado la mencionada ley de imprescriptibilidad.

Glave: Día histórico
Por su parte, la legisladora del Frente Amplio, Marisa Glave, consideró como algo "histórico" que el Pleno haya aprobado la norma. Resaltó que "esta ley alcanzará ahora a los corruptores, a los corruptos y a los socios privados de los mismos".

El debate de esta ley empezó a las diez de la mañana y su desarrollo fue accidentado.

El congresista fujimorista Héctor Becerril intercambió pullazos con los parlamentarios Marco Arana y con la propia Glave.

Con la legisladora fue que el tono de la discusión alcanzó altos niveles de tensión.

Becerril dijo que el Frente Amplio tiene doble moral y que Glave fue una regidora revocada que viene de una gestión municipal (de Susana Villarán) "muy cuestionada".

Glave no se quedó callada y resaltó que, a diferencia del fujimorismo, su grupo parlamentario jamás se opondrá a ninguna investigación y menos blindará a ningún integrante de su bancada. En ese sentido, recordó que gracias al voto dirimente de Segundo Tapia, de Fuerza Popular, Kenji Fujimori no será investigado en la Comisión de Ética por presuntamente hacer regalos durante la semana de representación.

En tanto, durante el debate, algunos congresistas hicieron algunas propuestas.

Yeni Vilcatoma, hoy sin bancada, planteó que la imprescriptibilidad alcance a los delitos de asociación ilícita u organización criminal. Alberto Quintanilla, del Frente Amplio, formuló que se pongan limites a la inmunidad parlamentaria.

Por su parte, el aprista Mauricio Mulder consideró que el debate es un "engañamuchachos", pues a su criterio se debería reformar el Código Penal.

El congresista del oficialismo Gilbert Violeta sostuvo que el dictamen aprobado no contempla el artículo referido a la prohibición para que los sentenciados por corrupción regresen al sector público.

Según dijo, el equipo técnico de la Comisión de Constitución retiró este artículo.

La República le consultó al respecto a Torres, quien respondió que este punto ya estaba contemplado en los Decretos Legislativos que envió el Ejecutivo en materia de lucha contra la corrupción.

Richard Arce (Frente Amplio) consideró que los delitos de abusos sexuales contra menores de edad también deberían ser imprescriptibles.

El congresista oficialista Alberto de Belaunde dijo compartir la misma opinión e informó a este diario que presentará un proyecto de ley al respecto. 

Claves
Lo real. Actualmente el plazo de prescripción es igual al máximo de la pena. Es decir, si el peculado tiene una condena de ocho años, la prescripción corre a partir de los ocho años de cometido el presunto delito.
Los casos. El ex procurador anticorrupción Julio Arbizu precisó que al menos 150 casos de corrupción de la época del fujimorismo prescribirían.
Compañero. Las denuncias contra Alan García por presuntos delitos en su primer gobierno (1985 a 1990) ya prescribieron.
Es una ley contra los corruptos, por Ronald Gamarra

Como parte de un conjunto de medidas, es necesaria y conveniente la imprescriptibilidad. Sin embargo, para que todo funcione, los aparatos administradores de justicia tienen que hacer su trabajo a la brevedad y sancionar e investigar todos los casos de corrupción. Habrá un debate sobre si es una norma penal o procesal penal. La reforma constitucional aún no se ha aprobado y luego de ello se necesita una modificación del Código Penal para saber los delitos que serán considerados imprescriptibles.

Yo calculo que la segunda votación que se requiere será en diciembre de este año. Me ha sorprendido gratamente que se apruebe este dictamen porque hasta ayer muchísimas de las organizaciones políticas eran contrarias a la imprescriptibilidad. Lo que sucede es que los congresistas se han dado cuenta de que hay una creciente indignación ciudadana.

Es una garantía para los ciudadanos 

Debemos de partir de algo importante: la prescripción de los delitos, es decir, la imposibilidad de perseguir delitos sin una fecha límite, es una garantía para el ciudadano. Está orientada a evitar que se le mantenga en condición de sospechoso por siempre y, de ese modo, se le exige al Estado (a través de la Fiscalía o el Poder Judicial) que resuelva su situación en un tiempo prudencial, caso contrario su potestad persecutoria se extingue, prescribe. No obstante ello, no todos los delitos tienen la misma naturaleza y efectos. Nuestra realidad nos muestra al fenómeno de la corrupción profundamente enquistada en la administración pública y han sido varias las experiencias en las que personas contra las que claramente existieron indicios para su procesamiento se libraron de condenas a través de pedidos de prescripción, dando lugar a la impunidad de tales hechos.

La imprescriptibilidad se presenta como una ley que podría contribuir a la lucha anticorrupción, aunque con un sistema judicial inoperante, sin presupuesto, sin sistemas de prevención o control eficientes y sin especialización de los operadores, poco o nada podremos obtener.

Decretan la ‘muerte civil’ para empresas que cometan delitos de alta gravedad
Facultades. En DL 1352, publicado ayer, se amplía la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas. El paquete legislativo incluye sensibles modificaciones a la ley de contrataciones del Estado. Por ejemplo, a partir de ahora los contratos van a contar con una cláusula anticorrupción, bajo sanción de nulidad.

     
08 Ene 2017 | 06:40 h
El Ejecutivo presentará al Congreso una propuesta de ley para incentivar la contratación de quienes recuperen su libertad y así hacer efectiva la reinserción social

Redacción:
Isabel Carreño y
Enrique Patriau

El último paquete legislativo publicado por el Gobierno, en el marco de las facultades delegadas, incluye importantes modificaciones en el sistema de contrataciones del Estado.


Fuentes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), consultadas por La República, señalaron que el DL 1341, uno de los que más tiempo tomó debatir dentro del Consejo de Ministros, apunta a una mayor transparencia en el proceso de contratación y combatir la corrupción, aumentar la competencia y mejorar la eficiencia.

Un cambio relevante es la eliminación de lo que se conocía como el valor estimado, que era impuesto por el funcionario, lo cual podía ser fuente de corrupción si es que este se coludía con alguna empresa. Lo que se mantiene es el valor referencial, que se establece en virtud de un estudio de mercado.


La ex presidenta del Tribunal de Contrataciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), Mónica Yaya, saludó que este valor referencial deje de ser considerado secreto.

"Mantener en secreto el valor referencial buscaba que las empresas propusieran precios más bajos. Pudo ser bien intencionado aunque no funcionaba bien, porque se terminaba vendiendo la información supuestamente reservada a los competidores", señaló Yaya.

Sin embargo, Yaya cuestionó que no se haya eliminado la posibilidad de que el ganador de una buena pro pueda firmar un contrato de ejecución de obra por un precio superior al del valor referencial.

Otro aspecto del DL para combatir la corrupción es que están impedidos de ser participantes, postores, contratistas y/o subcontratistas del Estado las personas condenadas (en el país o en el extranjero)mediante sentencia consentida o ejecutoriada por delitos de concusión, peculado, corrupción de funcionarios, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, entre otros.

También, a partir de ahora, todos los contratos van a contar con cláusula anticorrupción, bajo sanción de nulidad. Una causal de nulidad es, por ejemplo, cuando las empresas, a través de representantes, socios u otros han intentado pagar beneficios en parte del proceso de selección; es decir, si han intentado coimear a los funcionarios responsables.

En general, en el MEF aseguraron que el espíritu de este DL es elevar los requisitos de transparencia de los procesos de contrataciones, pero sin afectar su eficiencia.

Se hicieron cerca de 40 modificaciones que buscan asegurar una mayor transparencia y disminuir la corrupción en los procesos.

Controversias
Precisamente, en términos de eficiencia, el DL 1341 establece que las controversias contractuales se resolverán mediante arbitrajes organizados por instituciones de prestigio. Esto significa que los arbitrajes ad hoc (que podían ser incluso manipulados) se limitarán a casos excepcionales, por ejemplo, cuando los montos en disputa sean pequeños.

Aparte, en caso de que las contrataciones sean demasiado especializadas, se podrá encargar el proceso de selección a organismos internacionales.

Y a fin de promover la competencia, el DL 1341 elimina la obligación de que las empresas extranjeras deban depositar dinero en el sistema bancario peruano, como requisito para su inscripción en los procesos.

Según el MEF, esta condición impedía que firmas de otros países se animaran a competir. Lo que se busca es ampliar el abanico de opciones del Estado al momento de elegir a sus proveedores.

El DL 1341 se suma al que crea Invierte y a las nuevas normas que regulan a las asociaciones público-privadas y a las modificaciones de la ley de obras por impuestos. Este paquete busca impulsar la inversión pública y privada.

Largo debate
Luego de los extensos consejos de ministros que iniciaron el miércoles y finalizaron a la medianoche del viernes, el Ejecutivo logró emitir 112 decretos legislativos en el marco de las facultades delegadas. “Tarea cumplida: 112 decretos para crecer, dar más seguridad, luchar contra corruptos, acceso al agua y simplificar. Gracias al Congreso y al gabinete”, comentó el premier Fernando Zavala en su cuenta de Twitter.

En la sesión del jueves, el gabinete se amaneció en la sede de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Tres equipos fueron los encargados de discutir en los DL: uno de la PCM, otro del Ministerio de Justicia y uno del MEF. Posteriormente, las normas eran revisadas por los viceministros y luego sometidos a una tercera evaluación por parte de los ministros.

Una de las medidas que también ha generado debate y expectativa es la creación de la Autoridad de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Esta ley castiga por primera vez en el Perú a un funcionario que se niegue a entregar información pública.

Las sanciones contempladas van desde una amonestación escrita hasta una suspensión sin goce de haber entre 10 y 180 días. También una multa no mayor de cinco Unidades Impositivas Tributarias (UIT), o la destitución e inhabilitación, dependiendo de la gravedad del caso.

También se instalará un Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual será un órgano resolutivo del Ministerio de Justicia y la última instancia administrativa en esta materia.

Fuentes del gobierno precisaron que el objetivo central en este punto fue darle poderes y agilidad a esta entidad, pero sin generar mayor burocracia.

Muerte civil S.A.
Una de las últimas normas sobre lucha anticorrupción (y que está ligada a las modificaciones de la ley de contrataciones) es el DL 1352. Este amplía la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas.

Es decir, se trata de una suerte de muerte civil para las empresas.

El DL determina que hay responsabilidad si se cometen delitos de corrupción, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Este DL 1352 amplía la Ley N° 30424, que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por el delito de cohecho activo transnacional. Era una de las exigencias para ingresar a la OCDE.

Dentro del gabinete de ministros, esta es otra de las medidas que generó un mayor debate. Es considerada una de las más importantes por el Gobierno hasta ahora. Es aplicable hacia el futuro en casos como los de Odebrecht.

Entre las sanciones se contemplan multas de hasta 10.000 UIT (S/ 40’500.000).

La norma de muerte civil será de aplicación obligatoria a partir del primero de enero del año entrante, 2018. El jueves, el premier Zavala irá al Congreso a explicar todas las medidas (leer recuadro).

Cárcel productiva y penas para  menores
El DL 1343 promulgado ayer establece que los internos cumplirán sus penas realizando tareas productivas. Hay cinco ministerios involucrados: Producción, Trabajo y Promoción de Empleo, de la Mujer, Interior y Educación, así como otras entidades del Estado (como la Reniec, la Sunat y el Jurado Nacional de Elecciones).

En 90 días hábiles, el Ministerio de Educación, en coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), identificará el número de internos y su nivel educativo para incorporarlos en los programas de educación básica.

Otra de las normas publicadas es el nuevo Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes. Este indica que los adolescentes entre 16 y 18 años de edad que cometan los delitos de sicariato o de violación sexual seguida de muerte serán internados entre 8 y 10 años en un centro juvenil para menores infractores.

Asimismo, también se establece que habrá una unidad policial especializada en menores.

Zavala acudirá este jueves 12 de enero al Congreso
El presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala, se presentará este jueves 12 a las 10:00 a.m. ante la Comisión de Constitución del Legislativo para explicar el resultado de los decretos emitidos por el Ejecutivo en el marco de la delegación de facultades extraordinarias. El titular de la comisión, Miguel Torres (Fuerza Popular), convocó a Zavala para el miércoles, sin embargo, la cita fue reprogramada, ya que el Consejo de Ministros se reúne ese mismo día.

El Congreso creará una subcomisión para evaluar cada uno de los decretos emitidos. Se ha especulado sobre posibles derogatorias o normas complementarias.

No obstante, fuentes de este diario indicaron que el Ejecutivo tiene la confianza de haber cumplido con lo establecido.

En la ley de solicitud de facultades, en el artículo 2, inciso H, se le otorga al Ejecutivo la potestad de dictar medidas para "la optimización de servicios en las entidades públicas del Estado". Sobre este punto están amparados muchos de los DL publicados, como los vinculados al sector Salud.

Datos
Sanciones a la PNP. Las coimas a los policías serán castigadas con pena privativa de la libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años, según el Decreto Legislativo 1351, que modifica el Código Penal para fortalecer la seguridad ciudadana.

Desaparición forzada. La desaparición forzada de personas por un funcionario o servidor público tendrá una pena privativa de libertad no menor de 15 ni mayor de 20 años, según establece el DL 1351.

Gobierno refuerza la ‘muerte civil’: “Se podrá despedir a cualquier sentenciado por corrupción”
Jueves, 29 de diciembre del 2016

POLÍTICA17:14
Con el decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros, ahora sí la inhabilitación de funcionarios corruptos será prácticamente perpetua.


La Ministra de Justicia, Marisol Pérez Tello, informó que el Consejo de Ministros aprobó un paquete de decretos legislativos en el marco de la lucha contra la corrupción.

Entre ellos destaca una norma que reforzará el Decreto Legislativo 1243, emitido en octubre pasado y que impulsó la muerte civil para los corruptos.

La nueva norma permitirá que las entidades del Estado despidan a quienes tengan condenas por corrupción, sin importar el tiempo transcurrido del hecho, indicó la ministra de Justicia, Marisol Pérez Tello.

“Ya no podrán trabajar en el Estado las personas condenadas por corrupción. Tú podrás despedirla. Hemos corregido la norma (de octubre) con una medida administrativa laboral”, indicó la ministra.


Cabe anotar que el DL 1243 fue criticado pues si bien amplió el plazo de inhabilitación a 20 años contra funcionarios sancionados por corrupción, este plazo no era perpetuo. Con la nueva norma ahora sí en la práctica la inhabilitación será perpetua.

Otra medida aprobada será la ampliación del plazo de prisión preventiva, de 9 a 18 meses, para los investigados por ciertos delitos.

También se incentivará la colaboración eficaz, ahora incluso con las personas que estén privadas de la libertad.

Ejecutivo oficializó ley de muerte civil para corruptos
Norma comprende la inhabilitación principal hasta por 20 años e incluye la inhabilitación perpetua en dos casos


Ejecutivo oficializó ley de muerte civil para corruptos
22.10.2016 / 10:00 pm
El Poder Ejecutivo publicó hoy en el diario oficial “El Peruano” la denominada ley de muerte civil para funcionarios condenados por delitos de corrupción. Se trata del primer decreto legislativo en materia de lucha anticorrupción, ello en el marco de las facultades legislativas delegadas por el Congreso de la República el pasado 29 de septiembre. 

El Decreto Legislativo N° 1243 modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal a fin de establecer y ampliar el plazo de duración de la pena de inhabilitación principal, e incorporar la inhabilitación perpetua para los delitos cometidos contra la administración pública. Asimismo, la norma crea el Registro Único de Condenados Inhabilitados.

De acuerdo a la norma, la inhabilitación principal contra los funcionarios condenados por corrupción se mantiene con una base de 6 meses de duración, pero se extenderá ahora hasta los 20 años. En este caso se contempla la “rehabilitación automática”: “El que ha cumplido la pena o medida de seguridad que le fue impuesta, o que de otro modo ha extinguido su responsabilidad, queda rehabilitado sin más trámite”.

--Inhabilitación perpetua--
Una de las modificaciones resaltantes al Código Penal contempla que la inhabilitación “será perpetua siempre que el agente actúe como integrante de una organización criminal, como persona vinculada o actúe por encargo de ella; o la conducta recaiga sobre programas con fines asistenciales, de apoyo o inclusión social o de desarrollo, siempre que el valor del dinero, bienes, efectos o ganancias involucrados supere las quince unidades impositivas tributarias”.

En este caso no opera la rehabilitación automática. Sin embargo, “la rehabilitación puede ser declarada por el órgano jurisdiccional que dictó la condena luego de transcurridos veinte años, conforme al artículo 59-B del Código de Ejecución Penal”.

En tanto, en el artículo 59 del Código de Ejecución Penal, se agrega el literal B que contempla la revisión de la condena de inhabilitación perpetua. Se señala que “la condena de inhabilitación perpetua es revisada de oficio o a petición de parte, por el órgano jurisdiccional que impuso la condena, cuando el condenado cumpla veinte años de pena de inhabilitación”.

Asimismo, se establece que “el condenado es declarado rehabilitado cuando se verifique que no cuenta con antecedentes penales por delitos cometidos durante la ejecución de la pena de inhabilitación, que no tenga proceso pendiente a nivel nacional y que no se encuentre registrado en el Registro Nacional de Deudores de Reparaciones Civiles - Redereci”.

--Registro de condenados por corrupción--
El decreto legislativo crea además el Registro único de condenados inhabilitados por delitos contra la Administración Pública, el cual estará a cargo de la Autoridad Nacional de Servicio Civil (Servir). 

El registro será público y “las entidades públicas que vayan a incorporar a un servidor deberán consultar obligatoriamente este Registro antes de decidir el nombramiento, bajo responsabilidad”.

Finalmente, la única Disposición Complementaria señala que el Poder Ejecutivo deberá reglamentar en un plazo de 60 días el citado registro.

DATO
Los delitos contra la Administración Pública mencionados en el decreto legislativo son concusión, cobro indebido, colusión simple y agravada, peculado doloso y culposo, peculado de uso, malversación, soborno internacional pasivo, cohecho activo genérico, cohecho activo transnacional, cohecho pasivo específico, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito.